Preguntas
Frecuentes de la Víctima:
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Un delito ha sido cometido en mi contra. ¿Debo tener pruebas
para realizar la denuncia?
Rta.: No. La mayoría de los delitos son de acción pública,
y es el Estado el encargado de recopilar la prueba.
* No me quieren tomar la denuncia en la Comisaría
¿qué puedo hacer?
Rta.: Todo funcionario público que toma conocimiento de la
comisión de un delito debe comunicarlo a la Justicia. Sin perjuicio
de ello, puede Ud. concurrir a cualquier órgano del Poder Judicial,
en donde se le recibirá su denuncia o se le indicará
donde debe concurrir.
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¿Conviene constituirse en parte querellante?
Rta.: En general, si. La principal ventaja consiste en el acceso irrestricto
al expediente, y la posibilidad de apelar las decisiones que le causen
gravamen.